La nueva constitución no se escribirá en un papel en blanco, sino que en uno que contiene todos los tratados internacionales firmados y ratificados por Chile. En particular aquellos relativos a la ONU que orientan la forma en que los Países se debieran insertar en el contexto del pequeño y frágil planeta Tierra en que vivimos. Bajo esta perspectiva, me es posible afirmar que la nueva constitución sólo tendrá sentido si es que está alineada con el desarrollo sustentable. En caso contrario, el estallido social no será más que una decepcionante pérdida de tiempo, energía y recursos.
La ONU define al desarrollo sustentable como aquel que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades. Para complementar esta definición, se debiera entender que el desarrollo sustentable nace de la intersección entre la sustentabilidad económica, la sustentabilidad social y la sustentabilidad medio ambiental, que a la vez constituyen los 3 pilares de la sustentabilidad. Es así que cuando se habla de desarrollo sustentable, la mirada de largo plazo intergeneracional debiera prevalecer por sobre los intereses y demandas específicas de la generación actual, al igual que el discurso debiera ponderar de igual forma los tres pilares de la sustentabilidad. Como consecuencia de esto, el desarrollo sustentable comienza por asumir y valorar las contradicciones que naturalmente existen entre los intereses de las diferentes generaciones vivas y por nacer, y entre cada uno de estos pilares de la sustentabilidad. Por ejemplo, la conservación del medio ambiente (que es clave para la sustentabilidad medio ambiental) y las demandas de la población por alimentación, vivienda, ocio, etc (que son claves para la sustentabilidad social) están en continuo conflicto ya que estas últimas presionan por transformar ecosistemas naturales en terrenos agrícolas, zonas urbanas o parcelas de agrado. De igual forma, algunos cálculos indican que se necesitan varios planetas Tierra para sustentar el estilo de vida actual de la población, por lo que nivelar para arriba al mismo tiempo de mantener como modelo a seguir el estándar de vida del primer mundo pareciera ser un modelo de desarrollo descrito por el dicho de “pan para hoy, hambre para mañana”. Entonces, debiéramos ser capaces de enfrentar la sana discusión que nos permita diferenciar entre privilegios, derechos y aspiraciones personales.
Para manejar estas contradicciones, me parece importante usar como referente a dos tratados internacionales que fueron firmados y ratificados por Chile el siglo pasado:
- Declaración de los Derechos Humanos (1948), cuyo artículo 26, punto 2, dice: “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz”
- Declaración de los Derechos del Niño (1959), principio 10 que dice: “Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes. Y así como se lo respeta, debe respetar a sus mismos” (Nota: en esos años no habían consideraciones de género)
En otras palabras, pareciera que son necesarias varias clases de educación cívica, negociación, empatía, pensamiento sistémico y tolerancia al fracaso que nos permitan salir de la lógica violenta del “yo y ahora” que ha imperado durante los últimos miles de años, para entrar en una lógica pacífica del “nosotros y por harto tiempo”. A mi parecer, esta es la única manera que existe para lograr que el nuevo texto constitucional sea un documento que nos permita abordar los grandes desafíos que quedaron postergados a raíz del estallido social. En particular, me permito recordar que a pesar de todo lo que ha ocurrido en las últimas semanas, seguimos en emergencia climática y la sexta extinción masiva de especies, junto a recordar que la principal causa de extinción de especies es la pérdida de su hábitat natural (planeta Tierra en el caso del Homo sapiens).
¿Son la solución a problemas medio ambientales un capricho que se pueden dar sólo los países del primer mundo que ya han solucionado problemas aparentemente más básicos como educación, alimentación, salud, etc? Definitivamente no. Pero a pesar de toda la urgencia que tiene detener el cambio climático y la pérdida de la biodiversidad, si es que la conservación del medio ambiente no se da armónicamente junto a la sustentabilidad social y económica, no será posible hablar de desarrollo sustentable. En este sentido, como una forma de ordenar la discusión constitucional me parece productivo recordar los 17 Objetivos de Desarrollo Sustentable (ODS, 2015) que fijó la ONU para el 2030, que es otro de los tratados internacionales firmados y ratificados por Chile. La lista de estos 17 ODS es:
- Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo.
- Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible.
- Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades.
- Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos.
- Lograr la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas.
- Garantizar la disponibilidad de agua y su ordenación sostenible y el saneamiento para todos.
- Garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos.
- Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
- Construir infraestructura resiliente, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación.
- Reducir la desigualdad en y entre los países.
- Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.
- Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles.
- Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos (tomando nota de los acuerdos celebrados en el foro de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático).
- Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible.
- Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, efectuar una ordenación sostenible de los bosques, luchar contra la desertificación, detener y revertir la degradación de las tierras y poner freno a la pérdida de la diversidad biológica.
- Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.
- Fortalecer los medios de ejecución y revitalizar la alianza mundial para el desarrollo sostenible.
Es así que me permito proponer usar los 17 ODS para orientar la discusión constituyente, y que junto al derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación (que ya se encuentra en el artículo 19 del texto de la actual constitución), y al irrestricto respeto a los 10 principios de la declaración de los derechos del niño/a, y los artículos de la declaración universal de los derechos humano (incluyendo el artículo 30); la nueva constitución debiera hablar del derecho al futuro, que actualmente no está para nada asegurado.
“La violencia es el último recurso del incompetente”, Salvor Hardin, novela Fundación, Isaak Asimov.
Alberto de la Fuente Stranger
Profesor Asociado
Departamento de Ingeniería Civil
Universidad de Chile